Todo padre de familia y/o acudiente debe:
1. Interesarse por conocer la organización y funcionamiento de la institución.
2. Asistir puntualmente a todos los llamados que hagan: Docentes, Coordinadores, Orientadora escolar o Rector. Cuando el padre de familia y/o acudiente no puede asistir a representar a su acudido, debe autorizar por escrito a una persona mayor para que lo haga.
3. Contribuir al buen desarrollo del proceso educativo de sus hijos o acudido.
4. Fomentar el hábito de responsabilidad, puntualidad, respeto a sus superiores y semejantes.
5. Presentarse a la institución debidamente vestido (no en bermudas, chanclas o camisillas)
6. Proporcionar a su hijo o acudido los materiales necesarios para el normal desarrollo de sus actividades escolares y complementarias.
7. Responder económicamente por daños causados por su hijo o acudido a cualquier dependencia de la institución, muebles y/o enseres, que contribuya al detrimento de la misma.
8. Brindar un clima de confianza, respeto y afecto a su hijo o acudido.
9. Cancelar los certificados cuando el estudiante se traslada a otra institución.
10. Matricular a su hijo o acudido dentro de las fechas estipuladas por la Institución.
11. Estimular la participación de su hijo o acudido en los diferentes eventos o actividades institucionales.
12. Dar trato respetuoso a profesores, directivos, administrativo y de servicios generales.
SITUACIONES ESPECIALES:
Las situaciones relacionadas a continuación se consideran de trato delicado y de tratamiento especial, que pueden tener consecuencias que afecten directamente al estudiante:
1. Cuando los padres del alumno encubren fraudes o alteraciones de documentos, certificado, libretas, recibos de pagos, útiles o documentos comerciales. Esta situación será denunciada ante las autoridades competentes.
2. Cuando haya reclamaciones, escándalos o comentarios públicos negativos sobre la Institución y no se tenga el soporte de las pruebas que respalden tal acusación.
3. Cuando se incurra en actos que atenten contra el patrimonio moral, intelectual y físico de la Institución y de sus integrantes como: Robo, atracos, etc.
4. Cuando se irrespete directamente en forma verbal o de hecho al personal administrativo, docente y de servicios dentro o fuera de la Institución.
5. Cuando se retire unilateralmente al estudiante sin seguir lo establecido por la institución.
6. Cuando sin previa justificación no asista a las reuniones de entrega de boletines, conferencias y demás actos al que sea convocado.
RECOMENDACIONES:
Corresponde al padre de familia o al núcleo familia por ley natural la tarea de educar a sus hijos.
Se recomienda a todo padre de familia o acudiente atender los llamados que se le hagan en forma oportuna y personal, y no delegar a segunda personas como familiares, amigos o vecinos esta responsabilidad.
Se recomienda a todo padre de familia propender por un buen rendimiento académico en las pruebas SABER- ICFES, para esto se hace necesario que padres de familia o acudiente proporcione los medios para que los alumnos que cursen los grados 10º y 11º realicen los PRE ICFES programados.
IMPEDIMENTO PARA SER ACUDIENTE.
· Ser menor de edad.
· Tener dificultad de orden penal o moral.
· Estar vinculado a la institución como funcionario o estudiante
Parágrafo 1: Ningún funcionario o alumno de la institución puede ser acudiente de un estudiante, debido a que en algunas situaciones tendrá que actuar como juez o defensor y por consiguiente es contraproducente, los casos especiales serán autorizados por el rector en forma escrita.
Parágrafo 2: Cuando se requiera un acudiente, quien debe comparecer es la persona que firmó la ficha de matrícula, en casos especiales se solicitará autorización en la coordinación de convivencia.