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ARTÍCULO 4. CONDICIONES PARA LA ADMISIÓN

COMITÉ DE ADMISIONES: Es el ente institucional que asignara los cupos a los alumnos nuevos previa solicitud escrita, el Comité de Admisiones estará formado por:

 ·         El rector quien preside el comité

·         Dos coordinadores (uno por cada jornada)

·         La psi orientadora de la institución

·         Dos profesores (uno por cada jornada)

·         Un representante de los padres de familia del consejo directivo

CONDICIONES PARA SER ESTUDIANTE DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA LOPERENA GARUPAL

 1.      Todo aspirante a ingresar a la institución debe acoger las normas estipuladas en el presente manual de convivencia.

2.      Tener respaldo del Padre de familia y/o acudiente para asistirlo en las situaciones que lo requieran. Cuando el padre de familia y/o acudiente no pueda asistir a representar a su acudido, debe autorizar por escrito a una persona mayor de edad, para que lo represente legalmente en la institución (la autorización debe traer fotocopia de la cédula).

3.      El ingreso a la institución se hace efectivo a partir del momento en que se firme la matricula respectiva, después de haber cumplido con los requisitos establecidos por M.E.N, la Secretaria de Educación Municipal y las internas de la Institución.

4.     Son criterios de admisión:

a.       Haber aprobado el grado anterior debidamente certificado, y demostrar que observó buena conducta y disciplina.

b.      Inscribirse legalmente de acuerdo a las fechas estipuladas por la institución.

c.       Que exista la disponibilidad del cupo.

5.      Es requisito indispensable que en el momento de la matrícula, el estudiante y el padre de familia y/o acudiente firmen la ficha de matrícula y se comprometan a cumplir el manual de convivencia.

Parágrafo 1: El establecimiento educativo garantizara la disponibilidad de cupo a los estudiantes antiguos siempre y cuando la matricula se haga en la fecha estipulada por la institución.

Parágrafo 2: El Comité de Admisiones determinará el número máximo de alumnos en cada salón, en ningún caso se aceptarán alumnos repitentes que ocasione sobre cupo (él número máximo de estudiantes será publicado en cartelera).

Parágrafo 3: La institución garantiza la permanencia de los estudiantes, pero se reserva el derecho de admisión para el año siguiente a los alumnos que hayan violado sistemáticamente el manual de convivencia y que habiendo firmado compromiso de mejoramiento no hayan cumplido. La aplicación de estas medidas será tomada conjuntamente por el Rector (a) y el Consejo Directivo (SENTENCIA T 366 DEL 06 – O8 -1997).

Parágrafo 4: Solo se reciben alumnos procedentes de otros planteles educativos, cuando se hayan inscrito previamente en los tiempos previstos para tal fin y queden cupos disponibles en los grados solicitados, el comité de admisiones determinara el cupo y la jornada que se le asignara previo análisis de los informes que certifiquen su buen comportamiento y rendimiento académico. Los alumnos admitidos serán publicados en cartelera y deberán matricularse en la jornada asignada y los tiempos fijados.

Parágrafo 5: Para efecto de matrícula en la jornada diurna (mañana y tarde) se requieren que los jóvenes no tengan compromisos conyugales; en caso de ser detectada esta situación se procederá a sugerir el traslado del estudiante a la jornada nocturna donde continuará sus estudios.