Todo padre de familia tiene derecho a:
1. Recibir información oportuna sobre la situación académica y disciplinaria de su acudido.
2. Ser atendido por los profesores en sus horas libres, dentro del horario establecido para tal fin.
3. Estar informado de las actividades programadas por la Institución y participar en ellas si es requerido.
4. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones a la junta directiva de la asociación de padres de familia, al consejo de padres o al consejo directivo.
5. Participar en la planeación y evaluación del P.E.I. de acuerdo con los mecanismos que para ello se estipule.
6. Participar en todos los programas de formación y capacitación de padres que brinde la Institución.
7. Si la escuela de padres de la Institución organiza actividades, participar en ellas.
8. Conocer el Manual de Convivencia de la Institución, y si lo requiere, horario, cronograma, planes operativos, etc.
9. Hacer uso del diálogo y de la concertación para dirimir cualquier situación que se presente.
Acceso al servicio de orientación y consejería, cuando lo crea conveniente.